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Los planes de pensiones: ahorrar para nuestra jubilación PDF Imprimir E-mail
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La probabilidad de que la pensión del Estado no tenga una cuantía similar a la del último salario en el momento de nuestra jubilación  es y será cada vez mas elevada en la mayoría de ciudadanos de nuestro país.  Este hecho nos obliga a buscar una solución personal complementaria que nos permita alcanzar un nivel de vida en nuestra jubilación tal y como la deseamos.  Esta solución es factible si realizamos una adecuada planificación de ahorro para nuestra jubilación.

  
Participes Planes de Pensiones
 

Actualmente los tres principales motivos de ahorro son: cubrir imprevistos (31%), complementar la jubilación (25%) y obtener ventajas fiscales (22%).  De este modo, en 2011, el ahorro con miras a complementar la jubilación y obtención de ventajas fiscales se consolida como un factor decisivo a la hora de invertir, se  convierte en la principal motivación para la mayoría de los ahorradores siendo así los planes de pensiones el producto que aglutina estas dos demandas.

 

No obstante el ahorro de las familias españolas respecto a la media europea muestra bastantes diferencias sobre todo a destacar: una inversión muy inferior en Planes de Pensiones y productos de previsión social (15,0% frente al 34,3% europeo) destacando a Holanda, Reino Unido y Dinamarca, con un porcentaje del 65,2% en Fondos de Pensiones, con lo que tenemos un gran camino por recorrer.

Los Planes de Pensiones son un producto finalista. Por esto es recomendable contratar un plan de pensiones cuando nos incorporamos a la vida laboral, porque aunque sean mínimas nuestras  aportaciones, el efecto exponencial  y el largo plazo harán  que, a término,  el capital acumulado más los intereses  sea importante y  nos permita conseguir  el  objetivo deseado :complementar la pensión pública y no perder poder adquisitivo.

Pongamos un ejemplo:

Suponemos un partícipe  que durante 20 años ahorra 200€ mensuales (suponiendo una rentabilidad del 7%) y otro partícipe  que inicia su ahorro de 200€ mensuales  5 años más tarde:

Fuente: Elaboración propia (Área Técnica-AXA Pensiones)

La única diferencia entre ambos inversores es el tiempo que han estado ahorrando. El inversor  , que empezó a ahorrar 5 años antes obtendrá 104.185€. Mientras que el inversor   conseguirá un ahorro de 63.392€.

El Plan de Pensiones es  un  producto de ahorro, flexible,  permite hacer las aportaciones cuando se quiera y en la cantidad que se desee, sin estar sujetos a ninguna periodicidad, ni obligatoriedad, se permite dejar de  aportar  temporalmente, realizar aportaciones anuales…….. También se pueden traspasar los derechos consolidados a cualquier otra entidad, sin coste alguno, y  se puede disponer del fondo por las causas extraordinarias previstas por la Ley, actualmente  desempleo, enfermedad grave.

Nuestro consejo: Empieza a ahorrar cuanto antes.

A la hora de ahorrar es importante el plazo de la inversión: cuanto antes empieces a ahorrar, antes va a empezar a trabajar tu dinero. Un modo eficaz de ahorrar es adquirir el hábito de retirar una cantidad mensual de nuestros ingresos. Cuanto más tiempo esté tu dinero invertido, más fácil será soportar cualquier fluctuación del mercado y beneficiarte de la tendencia histórica alcista. Planificar nuestra jubilación  con antelación  nos permite elegir opciones con más renta variable, lo que supone asumir más riesgo, que en largo plazo se traducirá en una mayor rentabilidad. Comenzar  a ahorrar sistemáticamente nos permite  esta estrategia de inversión a largo plazo que  hace que no sea tan determinante el momento de la compra y ayuda a suavizar el impacto de las fluctuaciones del mercado. Se trata, pues, de diversificar en el tiempo.

No obstante el binomio rentabilidad-riesgo debe estar muy controlado, nuestro objetivo debe ser alcanzar tasas de rentabilidad positivas. A más plazo, más capacidad de asumir riesgos  y conforme se va acercando la edad de jubilación es aconsejable reducir el porcentaje de Renta Variable para no arriesgar el capital con el que se cuenta para la jubilación.

La elección del plan de pensiones para cada partícipe depende en gran medida de estos dos factores:

                 La aversión al riesgo

                 El horizonte temporal.

 Un análisis de estos factores  nos servirá para elegir un tipo de plan u otro (mayor o menor exposición en renta variable, duración de la cartera en renta fija etc…

No todos tenemos las mismas necesidades, ni el mismo perfil de inversión, ni  el mismo horizonte temporal, ni el mismo nivel de riesgo……… INVERCO (Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones) ha elaborado su propia clasificación para los planes de pensiones según su tipología de Inversión. Las categorías contempladas son las siguientes:

Planes de pensiones de Renta Fija a Corto Plazo invierten en bonos y valores con renta fija cuyo plazo de realización o vencimiento no sobrepase, en promedio, los 24 meses. De esta manera, la cartera no tendrá una duración mayor a los 2 años.

Planes de pensiones de Renta Fija a Largo Plazo invierte en bonos y valores con renta fija cuyo plazo de realización o vencimiento se exceda, en promedio, los 24 meses. De esta manera, la cartera deberá tener una duración mayor a los 2 años para ser considerada en esta categoría.

Planes de Renta Fija Mixta se define como aquella cartera que incorpora activos de Renta Variable hasta un máximo del 30%.

Planes de Renta Variable Mixta, la cartera está integrada por activos de renta variable, entre el 30% y el 75% del patrimonio. El resto estará en valores de Renta Fija

Planes de pensiones  de  Renta Variable, la cartera está integrada por activos de renta variable con un mínimo del 75%.

La edad media de los partícipes se sitúa en torno a los 45 años. El 29% tienen edades hasta los 40 años; entre 41 y 50 años se concentra el 30% de los partícipes; entre 51 y 60 años el 29% y con más de 61 años el 12%. El porcentaje de partícipes femeninos es del 41%.

 Los partícipes comprendidos en el tramo de edad de 41 a 51 años concentran el mayor  volumen de aportaciones y de patrimonio.*

Los planes de pensiones de renta fija mixta., están pensados para aquellas personas que quieren invertir sus ahorros y asegurar una buena rentabilidad en el medio/largo plazo    ideales para   partícipes a partir de 40 años, con cierta tolerancia al riesgo, que  desean obtener la máxima rentabilidad con una inversión de bajo riesgo.Por todo ello los planes de renta fija mixta concentran la mayor parte de los partícipes*:

 Pero hay  otra  razón poderosa para contratar un Plan de Pensiones: su atractiva fiscalidad, que permite ganar, en forma de deducción, unas importantes cantidades  añadidas a las propias del producto, rebajando nuestra base imponible

Desde el 1-1-2007, el límite de aportaciones máximas se establece en 10.000 euros anuales. Este límite se aplica individualmente a cada partícipe integrado en la unidad familiar. Para mayores de 50 años, el límite se eleva a 12.500 euros anuales.

 Estos límites son los máximos aplicables por aportaciones individuales y contribuciones empresariales; serán el conjunto sobre todos los sistemas de previsión social (Planes de Pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia).

No se pueden realizar aportaciones anuales de un mismo partícipe por importe superior al límite establecido  legalmente. Los excesos sobre dicho límite máximo podrán ser retirados por los partícipes antes del 30 de junio del año siguiente sin sanción; la devolución se realizará, como máximo, por el importe aportado en exceso.Los excesos no retirados en el plazo concedido podrán ser sancionados con una multa equivalente al 50% del exceso, además de ser inmediatamente retirados.

Reducción de la base imponible

De la  suma  de las aportaciones que realizamos  en el 2010,  el importe que reduce la base imponible de su renta será la menor de las tres cantidades siguientes:

             La cantidad realmente aportada.

             La cantidad máxima anual que por edad puede aportar en función del límite legalmente establecido (10.000 euros ó 12.500 euros para mayores de 50 años).

             El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidos en el año por el contribuyente (50% para mayores de 50 años).

Además  si el cónyuge no obtiene rendimientos de trabajo o de actividades económicas (o si los tuviera fueran por importe inferior a 8.000 euros anuales) podrá reducir su base imponible de renta en las aportaciones realizadas en favor de su cónyuge a su propio plan, con el límite máximo conjunto de 2.000 euros anuales (2.500€ en Navarra), siempre y cuando su cónyuge no aplique en su IRPF la reducción fiscal en su propia declaración de la renta.

También las personas con minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, psíquica igual o superior al 33% pueden realizar aportaciones y beneficiarse de las reducciones en la Base Imponible del IRPF, tanto ellas como sus parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado, con los siguientes importes máximos:

o             Partícipes con discapacidad: 24.250 €.

o             Familiares o tutores: 10.000 €.

o             Límite de aportaciones anuales, incluidas las del propio minusválido y del tutor y familiares: 24.250 €.

En caso de no poder reducir su base imponible por todas las aportaciones realizadas  por insuficiencia de base imponible o por aplicación del límite porcentual, puede solicitar que el exceso no reducido se traslade a los 5 ejercicios siguientes. Este exceso pendiente se ha de reducir en el primer ejercicio en que haya base imponible general suficiente.

 Consecuentemente los planes de pensiones son el mejor instrumento para planificar nuestro futuro y  hasta 31 de Diciembre  tenemos la posibilidad de realizar aportaciones para conseguir una reducción en la próxima declaración de hacienda.

Fuente: INVERCO.

Elaborado por Area Técnica de AXA Pensiones

         
 
 
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